Corresponden a las solicitudes de aprovechamiento de árboles mayores a 10 árboles por finca por año y que no superan los 3 árboles por hectárea (ha) de área afectiva. Los requisitos para este trámite son:

  • Todos los requisitos indicados para Permisos Pequeños (PP).
  • Un inventario forestal (estudio), elaborado y firmado por un profesional en ciencias forestales, que incluya la ubicación de los árboles a aprovechar, siendo que la inconsistencia respecto a la ubicación georeferenciada de cada árbol, no podrá exceder de 30 metros (los requisitos de este estudio se pueden ver en el artículo 11 del Decreto N° 38863-MINAE).
  • Contrato de Regencia para la ejecución del inventario forestal.
  • Constancia del profesional forestal que elaboró el inventario forestal, que incluya la información señalada en el artículo 11, inciso c del decreto Decreto N° 38863-MINAE.

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