• Según el Artículo 27 de la Ley 7317 de Conservación de la Vida Silvestre, la solicitud de animales silvestres que hayan sido parte de circos no puede otorgarse el permiso de importación si van ser exhibidos públicamente.

El Ministerio de Ambiente y Energía no ha recibido ninguna solicitud formal por parte de La Ponderosa Adventure Park con respecto a sus pretensiones de traer nueve tigres de Bengala a territorio costarricense.

Tigres de bengala decomisados en Nicaragua, Fotografía: GoogleTigres de bengala decomisados en Nicaragua, Fotografía: Google


Este tipo de importación requiere de la autorización por parte del SINAC,  en el Artículo 27 de la Ley 7317 de Conservación de la Vida Silvestre, la cual establece claramente: “Se prohíbe… la importación de vida silvestre que forme parte de circos, espectáculos públicos ambulantes y similares al territorio nacional, cuando su finalidad sea la exhibición pública de estos organismos”.


“Esta Administración ha hecho un gran esfuerzo en retomar el tema de vida silvestre, el cual es un tema estratégico para conservación de la biodiversidad ya que no ha sido aplicado de manera adecuada en las últimas administraciones”, expresó Patricia Madrigal, Viceministra de Ambiente.


La introducción de vida silvestre en el país debe cumplir con los requisitos en la normativa vigente ante el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).